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Valle Hermoso, la verdadera historia

Por Carlos Ortiz • 29 jul, 2010 • Sección: Sociedad

Valle Hermoso, la verdadera historia

Bajo el título “Terratenientes en apuros” Diario Chilecito vuelca el resultado de sus investigaciones relacionadas con la propiedad de tierras del Paimán en Chilecito y en la región de Valle Hermoso en Vinchina, señalando irregularidades en los procedimientos judiciales, notable contradicción en las resoluciones, evidentes relaciones del poder político y judicial y profesionales en leyes en plena función pública, involucrados todos en un gran negocio inmobiliario. Entre tantas irregularidades, compras ilegales y confusión, doy un dato esclarecedor y con gran fuerza legal en relación con Valle Hermoso: 11 personas, entre la que me incluyo, somos propietarios de las doscientas mil hectáreas en Valle Hermoso por ser herederos legítimos de Hermosina Ocampo de Ocampo, titular de las hijuelas que certifican su propiedad y cuyos originales poseemos, debidamente inscriptas en el Registro de Propiedad del Inmueble de la Jurisdicción correspondiente.

Los títulos legítimos de las tierras de Valle Hermoso tienen su origen en el Mayorazgo de San Sebastián de Sañogasta. Veamos por qué. Este Mayorazgo, instaurado por Pedro Nicolás de Brizuela y de la Peña, casado con Mariana Doria, se inicia en 1640. Ellos establecen las condiciones del MAYORAZGO, esto es, se da prioridad para heredar al varón primogénito, el Señor del Mayorazgo, el preferencial, y una herencia mínima distribuida entre los otros hijos como base para prosperar. La idea era perpetuar su memoria, su linaje y evitar la subdivisión y enajenación de las tierras habidas. También crean las condiciones para el VÍNCULO entre la persona y el PATRIMONIO DEL MAYORAZGO, a través de las sucesivas generaciones: que no usen ni firmen más alcurnias ni apellidos que Brizuela y Doria, que no debe tener el sucesor sangre de judío, ni moro, ni hereje, ni mulato, ni indio y que en la sucesión se privilegia al varón, a los mayores, a los hijos legítimos, si no hubieran hijos legítimos, entraría un ilegítimo que cumpliera las condiciones de sangre señaladas, agotados los candidatos entre los varones, podría entrar una mujer legítima.

Es así que entre, 1640 y 1920 en que tuvo existencia real el mayorazgo, hubo 9 vínculos. Más allá de la Revolución de Mayo en 1810; de la Asamblea del Año XIII que el 21 de Mayo de 1813 se pronuncia por la abolición de los Títulos de Nobleza, de los Mayorazgos y Vínculos y de los Escudos de Familia; de la Declaración de la Independencia en 1816; de la Aprobación de la Constitución en 1853 con la incorporación de Buenos Aires en 1859 y de la aprobación el 15/9/1869 del Código Civil Argentino, redactado por Dalmacio Vélez Sársfield por Ley Nº 340, y que entrara en vigencia a partir de 1 de enero de 1871.

En el séptimo vínculo, Francisca Solana de Brizuela y Doria, (1808-1850), hija única de Ramón Dávila, que adoptó el apellido Brizuela y Doria (1784-1841), se casa con Amaranto Ocampo quien toma el apellido Brizuela y Doria. Tienen ocho hijos: Ramón que toma el apellido Brizuela y Doria y los demás son Ocampo, Jamín, Ismael, Sara, Isora, Graciano, Rubén y Benjamina.

Por derecho de sangre entonces, los actuales Brizuela y Doria, descendientes todos de Amaranto Ocampo, son Ocampo.

Es destacable que Isora Ocampo profesa como monja dominica en el Convento de Santa Catalina de Siena de Córdoba y está en proceso de beatificación.

En el vínculo octavo, Ramón, hijo de Amaranto y Solana, se casa con Benjamina del Moral. Tienen siete hijos: Ramón, Hermosina, Elisa, Carlos, Amaranto, Solana y Benjamina.

Hermosina Ocampo se casa con Jamín Ocampo. Tuvieron un hijo, Luis Jesús Ocampo. Éste, casado con Vicenta Durán Martínez, es padre de Alberto, el Poeta Ocampo, 1901-1979.

De acuerdo a lo acreditado por las hijuelas cuyos originales posee mi familia y que se encuentran debidamente inscriptas en el Registro de Propiedad del Inmueble de la Jurisdicción correspondiente, Hermosina Ocampo de Ocampo, fallecida aproximadamente en el año 1900, es dueña de las tierras de Valle Hermoso. Los legítimos herederos de Hermosina Ocampo de Ocampo, entre los que me encuentro, somos los verdaderos dueños de las tierras en Valle Hermoso. Así lo certifica el Expediente Nº 21.085 – Letra “O” – Año 2009, de la Cámara en lo Civil, Comercial y de Minas de Chilecito, que, el 28 de mayo de 2010, entre otras cosas, resuelve: “…son los únicos y universales herederos…, confiriéndoles la posesión de la herencia QUE POR ley les corresponde (arts. 3410, 3560, 3565, 3566 y cctes. del Código Civil).

El 14/08/1979 en una escribanía de una ciudad del Gran Buenos Aires, Felipe Ramón Gastou y Marta Noemí Cassinelli pagaron un mil cuatrocientos millones de pesos en efectivo a Don Gregorio Nicolás Brizuela y Doria y otras quince personas, por doscientas mil hectáreas en “Valle Hermoso, ubicado en el Distrito Vinchina, Departamento General Sarmiento, Provincia de La Rioja”. El escribano que intervino confirmó que la venta se hizo sin títulos legítimos, situación que advirtió tanto a los vendedores como a los compradores e informó que por esa razón no protocolizó la venta. La operación es nula de nulidad absoluta e insanable. Es interesante el contenido de una parte de esta Actuación Notarial. “c) que declaran las partes que se excluyen expresamente de esta venta las propiedades y derechos de explotación de los cinco yacimientos de Baritina que se encuentran dentro del mencionado campo…”

Por subasta decretada el 7/04/1987 y aprobada el 10/11/1999, Astor Javier García Quinzaños, abogado radicado en Chilecito, compra estas mismas tierras pagando pesos argentinos dos millones ciento setenta y ocho mil cuarenta con catorce centavos. Como una ratificación de lo informado por Diario Chilecito resulta esclarecedor un párrafo de esta adjudicación en subasta pública: “El Tribunal oficiante es competente en este juicio en razón de la materia, por tratarse de un concurso civil. Quedan autorizados para el diligenciamiento del presente indistintamente los Doctores Adrián José Nirich y/o Astur Javier García Quinzaños.”

El 13/08/2008, García Quinzaños las vende a Libersohn Meir, ciudadano de los EEUU, por la suma de seiscientos cincuenta mil dólares estadounidenses. Es interesante en esta Actuación Notarial firmada por Pedro Nicolás Rojo, Escribano Público Nacional, Registro Nº 3 La Rioja, el siguiente detalle, copia textual: “Se realiza esta Venta del inmueble relacionado por el precio total de SEISCIENTOS CINCUENTA MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES, (U$S 650.000), siendo principio de ejecución de la presente escritura el boleto de compra venta de fecha 11 DE AGOSTO DE 2008, que el COMPRADOR hace efectivo de la siguiente manera, la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS (U$S 57.500), de contado recibidos con anterioridad a este acto; la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCUENTA (U$S 88.150), mediante depósito bancario en Banco Francés, Sucursal La Rioja, Caja de Ahorro en DÓLARES ESTADOUNIDENSES Nº 509689/8, titularidad del vendedor y su cónyuge, y el saldo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTO CINCUENTA (U$S 504.350), es abonado de contado, mediante depósito o transferencia desde la Cuenta Nº50005301, titularidad del comprador, a la cuenta Nº 9941487464, titularidad del VENDEDOR, ambas abiertas en la Entidad Bancaria CITIBANK NA, de Estados Unidos de América”. ¿Qué tal? “PAPITA PA´L LORO”, diría Panchito Ormeño.

La pretensión de tomar posesión de las tierras por parte del último comprador y las acciones del vendedor, han dado lugar a una lógica preocupación y acciones legales por parte de los habitantes originarios de Valle Hermoso, que poseen sus tierras en forma pacífica y pública desde hace varias generaciones. El abogado Emilio Rodríguez, patrocinante de los poseedores, denunció penalmente al vendedor García Qinzaños, “abogado cordobés con base y muchos amigos en Chilecito”, por el supuesto
delito de fraude. El abogado Pablo Michel patrocinó a García Quinzaños. Como bien señala Diario Chilecito, la denuncia estuvo “cajoneada” 7 meses por el Fiscal Daniel Nader quien se excusó después de ese tiempo por razones de amistad personal con el demandado. La causa pasa al Fiscal de Villa Unión Dr. Alberto Ocampo quien promueve la acción penal. Allí, pasó al Juzgado de Instrucción N° 1 de Chilecito, a cargo del Doctor Alfredo Ramos quien, rápidamente, dicta un fallo de sobreseimiento. Habiendo sido sobreseído Quinzaños, el abogado Rodríguez continuó con las acciones penales que se encuentran a la espera de una resolución por vía jerárquica. En tanto, Pablo Michel, en una decisión muy cuestionada por la comunidad, fue nombrado Defensor del Pueblo por el Concejo Deliberante de Chilecito. Así las cosas, el gobierno provincial, con buen tino, sale en auxilio de los pobladores suspendiendo por sendas resoluciones administrativas los trámites de mensura en relación a los mencionados campos por parte del comprador extranjero y dando participación al Instituto de Tierras Indivisas de la provincia.

Mi familia y yo, los verdaderos dueños, herederos legítimos de Doña Hermosina Ocampo de Ocampo, riojanos de pura cepa, con ancestros en la colonización española, en el nacimiento mismo de nuestra Patria, en el desarrollo institucional de nuestra provincia y en la cultura de Los Andes. Entre ellos, el Adelantado Sebastián Ocampo, el General de la Nación Francisco Ortiz de Ocampo, el gobernador de nuestra provincia Jamín Ocampo y el “Kúntur de las Letras Andinas”, escritor, profesor, impresor, político, periodista, el “Poeta” del Cardón” nacido en Sañogasta, Alberto G. Ocampo, primo de Amaranto, Manuel, Antonio, Carmen y Tomasita Ocampo, habitantes originarios de Villa Unión, Banda Florida, los Campos de Más, Villa Castelli y Valle Hermoso.

Mi familia y yo, decía, respetaremos y contemplaremos, de acuerdo a derecho y cumpliendo la palabra de nuestros antecesores y del poeta Ocampo, la situación y los derechos de aquellas familias originarias que residen en sus viviendas construidas en las tierras en Valle Hermoso, que las cercan, las cuidan y las mejoran; donde siembran y cosechan; donde crían sus animales; donde producen lo que comen; donde nacieron, donde viven y donde se desarrollan sus hijos y en las que residen, desde tiempos inmemoriales, la historia, la memoria y los afectos de su mayores, en el marco imponente de nuestras montañas.

La tierra, el agua, los recursos renovables y los recursos no renovables de los riojanos, deben ser de y para los riojanos, con títulos legítimos.

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Fe de Erratas: En el texto “La mesa familiar” publicado el viernes 18 de Junio pasado en Diario Chilecito, donde dice: “Después de ollar los virus de la tierra”, debe decir : “Después de hollar los virus de la tierra”.

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Jesús Matías Filomeno Ocampo
DNI 4640262
Heredero Legítimo de Hemosina Ocampo de Ocampo
Móvil: 0221 15 6409543              0221 15 6409543     Correo electrónico: jmfocampo@ciudad.com.ar
La Plata, 24 de Junio de 2010

Fuente: DiarioChilecito.com

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